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Aprobado el Desahucio en diez días para los morosos.

Fecha: 30-10-2011

Hoy se aprueba la ley de desahucio express. Ello supone que el inquilino moroso tiene 10 días para pagar la deuda que contrae con el propietario o bien, abandonar la vivienda. Es una nueva medida de agilización procesal que se incluye dentro del plan para modernizar la justicia propuesto por el Ministro Camaño. Esto supone más garantías para los propietarios y una agilidad mayor en la aplicación de las órdenes judiciales.

El desahucio de viviendas por impago del inquilino podrá acelerarse tras la entrada en vigor de la Ley de Medidas de Agilización Procesal, que permite al propietario acogerse al sistema del proceso monitorio –rápido y sencillo– para la reclamación de las rentas y desahucio.

Esta norma, acomete reformas destinadas a simplificar los procesos y acortar los tiempos de respuesta de los tribunales, mediante la eliminación de trámites innecesarios.

Entre otras, modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) al permitir que, una vez presentada la demanda por impago, el secretario judicial dé diez días al inquilino para que abone la cantidad adeudada, abandone la vivienda o presente las alegaciones por las que se opone al pago.

Si transcurrido dicho periodo el demandado no ha realizado ninguna de las opciones, el secretario judicial procederá directamente a dar fecha para el lanzamiento (día en el que se hace efectivo el desalojo del inmueble), previa solicitud del propietario.

Hasta ahora, tras la demanda por impago el Juzgado señalaba la fecha del juicio, en la que se reconocía al propietario el derecho a recuperar su vivienda, así como la fecha del lanzamiento, lo que alargaba los plazos meses. Con la reforma actual, el derecho a recuperar la vivienda puede ser reconocido en un plazo de diez días.

Intereconomia.com

 

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