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La reforma procesal recorta el sistema de recursos Judiciales.

Fecha: 07-03-2011

La Justicia puede ser objeto de una nueva reforma procesal, aprobada el pasado viernes por el Consejo de Ministros, y cuyo principal contenido es recortar nuevamente el sistema de recursos contra las decisiones judiciales.

El hecho de que el proyecto de ley se titule «de medidas de agilización procesal» ya obliga a una prevención, porque la regla general del legislador en las últimas décadas ha consistido en intentar acelerar los procesos mediante la mutilación de las facultades de actuación de los ciudadanos que pleitean.

La necesidad de tomar medidas para dar fluidez a la actividad judicial no debe conducir de forma inexorable a suprimir derechos procesales de los justiciables. Esto es lo que hace la reforma al eliminar el recurso de apelación contra las sentencias dictadas en juicios verbales y al subir a 800.000 euros las cuantías mínimas para recurrir ante las Salas civil y contencioso administrativa el Tribunal Supremo.

Además, hay que poner en observación un proyecto que pretende reducir el principal filtro interno de calidad de las resoluciones judiciales, como es el sistema de recursos. Tampoco merece entusiasmo que las Salas Civil y Contencioso Administrativa del Supremo queden reservadas principalmente a empresas, grandes acreedores y morosos y administraciones públicas, desterrando al ciudadano medio de su amparo y su jurisprudencia.

Y si se reduce la casación, lo normal sería potenciar el recurso de apelación ante las Audiencias Provinciales, lo que tampoco se hace al suprimirlo para los juicios verbales.

 

Abc.es

 

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