Desahucio express en Parla
En línea con las precedentes reformas, la introducida por la Ley 37/2011 pretende acortar el periodo en el que el arrendador pueda recuperar su vivienda si los inquilinos no le pagan la renta convenida.
El nuevo texto reduce a 10 días el plazo para que el arrendatario pague lo que se le reclame, se oponga por no deber dicha cantidad totalmente o en parte o, por último, desaloje el inmueble.
Cuando el inquilino demandado recibe la demanda, además de ese perentorio plazo, comprueba que el Juzgado ha señalado dos importantes fechas: la de juicio (que se celebrará siempre y cuando exista oposición) y la de lanzamiento.
Otra de las causas por las que el arrendatario puede oponerse, además de las expresadas, es si hay desacuerdo en la posibilidad de enervar el desahucio.
La enervación significa que el inquilino, por una vez, podrá impedir el desalojo forzoso siempre que el arrendador no le hubiera requerido con un mes de antelación a la presentación de la demanda sin verificarse el pago en ese momento; la novedad es que la posibilidad de pagar lo reclamado (más costas) debe llevarse a cabo en esos diez días y no hasta antes de la celebración de la vista como ocurría antes.
La reforma, en un afán desmedido por reducir plazos y favorecer la agilización de estos procedimientos, plantea algunas dudas de interpretación que podrían llevar a situaciones realmente injustas; por ejemplo, si el dueño del inmueble reclama una cantidad superior a la realmente adeudada (pluspetición) y si existe para el inquilino posibilidad de enervar, éste se vería obligado a ingresar la cantidad reclamada y no la realmente adeudada en esos diez iniciales días, aunque el juicio o vista sirviera, más tarde, para darle la razón al inquilino en cuanto a la cantidad debida; ésto cuando se dan situaciones de escasez de medios económicos puede constituir un grave problema.
En cuanto al lanzamiento, éste se producirá en la fecha señalada desde la misma apertura del procedimiento judicial. Todo perfecto pero, cuando alguien acude a nuestro despacho en Parla preguntando por el desahucio “express” sufre una gran decepción. Por ejemplo, con una demanda presentada el pasado dieciocho de septiembre el lanzamiento está previsto para el … 7 de mayo de 2013 ¡casi ocho meses!. Ninguna reforma funciona si no va acompañada de medios.
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