Indultos Llamativos

Indultos Llamativos

2012 se ha caracterizado por un incremento importante en la concesión de indultos y en que, algunos de ellos, han sido, al menos, especialmente significativos.

Antes de citar algún ejemplo conviene apuntar alguna característica de esta figura regulada por una ley de 1870; tan anacrónica es la normativa que, en su artículo 32 se hace mención a la pena de muerte lo que no deja de ser curioso habida cuenta de su inexistencia en las leyes de nuestro país por mandato constitucional.

El indulto es la posibilidad del Gobierno de sustituir o dejar sin efecto, total o parcialmente, una pena impuesta por un órgano judicial. Dado que estamos en un Estado de Derecho esta medida debería ser de aplicación excepcionalísima y muy prudente pues no deja de ser una “intromisión” del poder ejecutivo en el área del poder judicial. Opinar sobre cualquier asunto sin conocer los detalles tiene sus riesgos pero, en estos casos, no es posible indagar demasiado porque el Gobierno no está obligado a fundamentar sus decisiones si bien la concesión de indultos se publica en el BOE.

Recientemente se conoció el escandaloso caso de cuatro agentes de la policía catalana que fueron condenados por haber amenazado, apaleado e, incluso, por haber introducido una pistola en la boca de un hombre al que habían confundido con un atracador, en presencia de su esposa, entonces embarazada de tres meses. La Justicia les condenó a penas privativas de libertad de hasta cuatro años y seis meses y el Gobierno les concedió un primer indulto rebajando las penas a dos años en el convencimiento de que no iban a ingresar en prisión; dada la incuestionable alarma social que había generado el caso, se denegó por el órgano judicial la petición de suspensión de ejecución de la pena lo que hubiera debido conllevar la entrada en prisión de los cuatro agentes que, de nuevo, fueron indultados por el Gobierno quien sustituyó las penas de privación de libertad por una multa.

No es difícil imaginar que esta posibilidad que tiene el Gobierno se haya utilizado también, como lo han hecho todos sean del color que sean, para favorecer a condenados en casos de conexión política: Yack 42, al ex alcalde del PP de Abdalajís, Málaga, y tres ediles de su partido por prevaricación urbanística, a un ex secretario de la subdelegación del Gobierno en Cáceres por vender permisos falsos a inmigrantes, el caso Treball en el que se condenó a un ex alto cargo de Unió Democrática por desviación de fondos públicos… Por el contrario, también ha sido conocido el caso de un ex toxicómano gallego a quien se le ha denegado el indulto y, pese a haber demostrado, con un amplio respaldo social, su rehabilitación ha tenido que entrar en la cárcel por delitos de menudeo de droga. Paradojas.

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