La Presunción de inocencia

La Presunción de inocencia

El artículo 24.2 de nuestra Constitución consagra el derecho de todo ciudadano a la presunción de inocencia. Aquello de que “todo el mundo es inocente hasta que no se pruebe lo contrario” constituye uno de los pilares básicos de cualquier estado de derecho que se precie y debemos ser conscientes de que el dejarnos llevar por la mera apariencia o por la indignación de un horrible crimen y el inmediato afán de buscar culpables se opone radicalmente a este derecho fundamental que todos tenemos;

y es que todos tendemos a ponernos en el lugar de la víctima, a hacernos partícipes de su sufrimiento lo cual no deja de ser una reacción humana lógica, natural y necesaria; lo que ya no es tan frecuente es dudar de si la persona que aparece en la televisión esposada inmediatamente o días después es la autora de esos hechos y se suele tener por cierta su culpabilidad desde el primer momento y sin que se le haya juzgado con todas las garantías.

Un buen ejercicio de respeto a la presunción de inocencia es imaginarnos a nosotros mismos en la situación de la persona conducida por la fuerza pública, rodeada de cámaras y de ciudadanos que, de no ser por la presencia de la policía, probablemente le lincharían. ¿Y si lo aparente no se correspondiera con la realidad? ¿Cuántas veces nos equivocamos casi a diario en nuestros juicios de valor frente a pequeñas cosas?

Desde luego, existen bastantes ejemplos de injustas imputaciones, acusaciones y condenas que nos deben llevar a ser más reflexivos. En Estados Unidos, y tras el avance en la investigación de crímenes que han supuesto las técnicas de identificación genética, se han revisado varios casos de personas condenadas hace muchos años (cuando no existían estos métodos) a cadena perpetua e, incluso, a muerte con el sorprendente resultado de que no cometieron el crimen por el que se les condenó.

En nuestro país, en la provincia de Cuenca y a principios del siglo pasado, dos hombres fueron condenados y pasaron once años privados de libertad además de sufrir horribles torturas por la muerte de un compañero suyo que había desaparecido, llegando a confesar el crimen (por la “persuasión” sufrida en la cárcel). Años después, llegó una petición de la partida de bautismo del “asesinado” que residía en un municipio de la misma provincia y pretendía casarse.

Más reciente es el caso de Dolores Vázquez quien, tras ser condenada por un jurado popular y, mucho antes, por los medios de comunicación, ha sido absuelta del crimen que se le imputaba. Para concluir, permítaseme traer a este artículo, la frase: “Es más injusto que un inocente esté en la cárcel que cien culpables anden por la calle”.

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