Reclamar a la compañía de seguros por accidente de tráfico
Desde enero de 2016 el sistema de reclamación por lesiones sufridas en este tipo de accidentes ha variado y, de no estar suficientemente asesorado desde el primer momento, en perjuicio de las víctimas.
Anteriormente, la mera denuncia en el juzgado de instrucción ponía en marcha la maquinaria judicial y el médico forense adscrito a la oficina judicial emitía un informe de sanidad que servía de referencia objetiva para una negociación.
Tras la reforma se ha impuesto un protocolo de reclamación previa y obligatoria antes de la demanda judicial civil (en la que ya no se cuenta con se informe médico forense gratuito y de referencia).
Se trata de solicitar la indemnización correspondiente a la compañía aseguradora del responsable del accidente para que formule una oferta motivada de indemnización en un plazo de tres meses.
La práctica, en lesiones poco graves, está resultando bastante favorable a las compañías que, tras la oferta a la víctima que no actúa asesorado, suelen ver aceptadas ofertas con cuantías inferiores a las que realmente corresponderían. La víctima, en muchas ocasiones, se conforma con estas cantidades considerando que la mera consulta les va a suponer un coste inútil e innecesario.
Los despachos de abogados han debido adaptarse a este cambio para ofrecer un servicio útil y razonablemente económico. Ha de tenerse en cuenta que la propia compañía aseguradora de la víctima permite la libre de elección de abogado y procurador lo que supone que, en ocasiones, la intervención del profesional no supondrá coste alguno al cliente o, al menos, una rebaja sobre los honorarios.
En nuestro despacho ofrecemos un asesoramiento continuo desde el accidente y nos ocupamos de los trámites para trasladar a la compañía los documentos e informes adecuados de cara a garantizar una oferta motivada más elevada. Una vez que se produce dicha oferta, un perito médico especializado la analiza de cara a aceptarla o contradecirla fundadamente.
En este tipo de casos, la consulta es gratuita y solo cobramos nuestros honorarios (previamente presupuestados por escrito) cuando la víctima percibe su indemnización.
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