Reforma Tráfico Codigo Penal
Si tiene pensado coger el coche léase antes el Código Penal; por si no lo tiene a mano, eche un vistazo a estas líneas.
Antes de exponer qué es delito con el volante en las manos, debo recordar que las penas de hasta dos años de privación de libertad pueden dejarse en suspenso por el órgano judicial si se cumplen determinadas condiciones entre las que se encuentra la ausencia de antecedentes penales. Conviene aclarar este hecho puesto que es común incurrir en el error de quitar importancia a este tipo de penas y pensar que son irrelevantes “porque si te condenan a tres meses, no vas a la cárcel”.
Aunque puede que sea así, esa primera pena será antecedente de otras posibles y si vuelve a haber condena habrán de cumplirse ambas penas por muy cortas que sean. Dicho esto, quien circule con un vehículo de motor o ciclomotor a sesenta kilómetros por hora por encima del máximo permitido en vía urbana o de ochenta kilómetros por hora del máximo en vía interurbana será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir por tiempo superior a uno y hasta cuatro años. Si, al salir de la típica cena de navidad en la que confraterniza con sus compañeros de trabajo, se topa con un control rutinario de alcoholemia y “al soplar” el índice resultante es superior de 0.60 miligramos por litro se abrirá, de inmediato, un procedimiento penal contra ud. en el que acabará con mucha probabilidad condenado a las penas antes indicadas.
No se le ocurra negarse a efectuar dicha prueba pues esta conducta, también, es delictiva y está penada con pena de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
Si se circula excediendo la velocidad máxima permitida y superando el límite de alcohol en la forma antes expuesta la pena de prisión será de seis meses a dos años y la privación del derecho a conducir se podría extender hasta los seis años. Tres a seis meses de prisión se impondrán a quien conduzca habiendo perdido la vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente.
Una última consideración a estas novedades: REVISEN LOS PODERES PÚBLICOS LA SEÑALIZACIÓN puesto que, en no pocos tramos de ciudades y carreteras la limitación de velocidad es exagerada al poderse conducir muy por encima de dichos límites sin riesgo alguno. De no ser así, podrían dispararse los índices de delincuencia. Injustamente.
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