Tasas judiciales. Supresión para particulares
El Congreso ha convalidado el decreto aprobado por el Consejo de Ministros relativo a la supresión de las tasas judiciales impuestas a las personas físicas. Las razones que han justificado esta nueva reforma de la ley Gallardón, según el Gobierno, han sido el rechazo manifiesto de la sociedad en su conjunto y de los profesionales del ámbito jurídico, la recuperación económica que permite asumir la merma de ingresos que va a suponer esta medida y la posibilidad de que el Tribunal Constitucional estime alguno de los recursos pendientes de resolución al respecto de la constitucionalidad de estas tasas.
En cuanto a la disminución de ingresos en la Hacienda Pública que se prevé, se espera atenuarla con el aumento de actividad de abogados y procuradores lo que repercutirá en una mayor recaudación a través de ese hipotético aumento de ingresos de quienes (parece ser y según el Gobierno) trabajaremos más a partir de ahora.
Se habla mucho de dinero y nada de lo verdaderamente importante: aquello que consagra nuestra Constitución y que ésta denomina tutela judicial efectiva. ¿Es propio de un Estado de Derecho como el que tenemos que un ciudadano que reclamara judicialmente tuviera que abonar un peaje que, en el supuesto de las apelaciones, ascendía a 800 euros? ¿Es acorde a un Estado de Derecho la inseguridad jurídica que hemos sufrido, desde la aprobación de la ley, los abogados y, por extensión, los clientes a los que asistimos, teniendo que informarles de que en su caso de divorcio (por ejemplo), podría pagar o no pagar la tasa judicial en función del juzgado en el que recayera su asunto- a modo de lotería?.
Un Estado de Derecho debe permitir a sus ciudadanos ejercitar sus derechos sin cobrar peaje y durante este periodo y con esta sinrazón muchas legítimas reclamaciones se han quedado por el camino prevaleciendo, pues, la injusticia y no el derecho
Sin Comentarios